Revoca TEECH expediente del IEPC y pide analizar asunto de violencia política de género en Pantelhó

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EDG INFO

Por unanimidad de votos, los integrantes del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas revocaron el expediente IEPC/CA/CG/CQD/WLLG/054/2020 emitido por la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana en el que desechan la queja interpuesta en contra del Presidente Municipal de Pantelhó, Chiapas, ante posibles actos de Violencia Política y en Razón de Género.

Las actoras manifestaron que la queja indebidamente se funda en consideraciones de fondo. En ese sentido, el TEECH determinó calificarlo como infundado, en virtud a que la Comisión del IEPC apoyó sus puntos resolutivos y consideraciones en los principios jurídicos y preceptos legales que consideró aplicables. 

En sesión plenaria sin audiencia, se resolvió que a pesar de que la autoridad responsable señaló y analizó que conforme al Protocolo para Atender la Violencia Política contra las Mujeres y la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales no se actualiza la violencia política en razón de género en el asunto y es obligación su obligación.

Contrario a lo considerado por la autoridad responsable y en atención al principio de debida diligencia en materia de violencia política en contra de las mujeres por razón de género, conforme a lo estipulado en la normatividad, sí está obligada a conocer de las conductas de agresión que aducen las propias actoras dirigidas a no permitirles desempeñar el cargo que ostentan como funcionarias públicas, y que según sus manifestaciones son efectuadas por el propio Presidente Municipal del Ayuntamiento de Pantelhó, Chiapas.

La responsable debió dictar las medidas cautelares correspondientes, en virtud a que se está en presencia de una posible violación a derechos y principios de carácter constitucional que justifica atender la solicitud de medidas cautelares, con independencia que sea o no competente para conocer del acto denunciado. 

Por lo anterior, el Pleno estipuló apercibir a la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas para que en las subsecuentes quejas o denuncias que se proceda a emitir las medidas de protección en favor de la o las promoventes.

Se dejan vigentes las medidas de protección decretadas el 30 de julio de 2020 por la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, indica el comunicado.

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