Eduardo García Polinciano
Buen inicio de semana, estimado lector estos fueron algunos de los temas de interés que se suscitaron en las cámaras del Congreso de la Unión.
Reforma constitucional 3 de 3
La Comisión Permanente realizó la declaratoria de reforma constitucional de la reforma y adiciona los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público).
La presidencia de la Mesa Directiva dio cuenta del voto aprobatorio de las 23 legislaturas de los estados de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila de Zaragoza, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, estado de México, Morelos, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán, Zacatecas y Ciudad de México.
El dictamen aprobado por la cámara de diputados el 30 de marzo de 2023, contempla cinco iniciativas presentadas por: 1) la Dip. Mary Carmen Bernal Martínez (PT), el 15 de diciembre de 2022; 2) legisladores de diversos grupos parlamentarios, el 08 de marzo de 2023; 3) la Dip. Joanna Alejandra Felipe Torres (PAN), el 14 de marzo de 2023; 4) el Dip. Rommel Aghmed Pacheco Marrufo (PAN), el 14 de febrero de 2023; y, 5) la Dip. Elizabeth Pérez Valdez (PRD), el 11 de octubre de 2022.
El Congreso aprobó establecer medidas en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público. Para tal objetivo se plantea adicionar las causales por las que los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden: Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos. Por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
En los supuestos la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público. La ley fijará los casos en que se pierden, y los demás en que se suspenden los derechos de ciudadano, y la manera de hacer la rehabilitación.
Por otra parte, se plantea que para que -una persona pueda ser titular- de la fiscalía general de la República se requiere: ser ciudadana mexicana por nacimiento, en ejercicio de sus derechos; tener cuando menos treinta y cinco años cumplidos el día de la designación; contar, con antigüedad mínima de diez años, con título profesional de licenciatura en derecho; gozar de buena reputación, y no haber sido condenada por la comisión de delito doloso.
En el régimen transitorio se plantea que: 1) el presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación; y, 2) Dentro de los 180 días naturales siguientes a su entrada en vigor, el Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas, deberán ajustar sus Constituciones y demás legislación que sea necesaria, a fin de dar cumplimiento al presente decreto.
La declaratoria fue remitida al Diario Oficial de la Federación para su publicación.
Está claro que la reforma es producto de trabajos realizados por diputados y senadores y una demostración de fuerza y organización de la sociedad civil pasar de la queja a la acción para combatir y castigar la corrupción en el país.
Nos leemos próximamente desde los pasillos del Congreso.