Ratifica TEPJF candidatura indígena de prima de AMLO y tumba a Julián Nazar, por violencia política

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EDG INFO

Xalapa, Veracruz.- En sesión celebrada por videoconferencia, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el registro realizado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) de la candidata propietaria a la diputación federal por el principio de mayoría relativa, correspondiente al Distrito Electoral 01, con cabecera en Palenque, Chiapas, presentada por la Coalición “Juntos Hacemos Historia” (MORENA, PT y PVEM); sin embargo, revocó el registro de la candidata suplente a la diputación señalada. 

El Distrito se encuentra reservado para candidaturas de autoadscripción calificada indígena, por lo que la parte actora controvirtió el registro aludido, pues a su parecer, no se cumplió con ese requisito, dice el informe del TEPJF.

El Pleno de la Sala, dice, determinó confirmar el registro de la candidata propietaria, Manuela Obrador Narváez, ya que del expediente presentado ante el INE y de las condiciones del presente caso, se advierten elementos que permiten concluir que la ciudadana cumple con la mencionada autoadscripción, al acreditarse un vínculo con la comunidad indígena. 

Caso contrario ocurre con la candidata suplente, toda vez que, de la documentación aportada, no se acreditó el vínculo con la comunidad indígena a la que pretende representar. De ahí, que lo correcto fuera revocar su registro y concederle un plazo a la Coalición que la postuló para realizar la sustitución correspondiente.

TUMBAN A JULIÁN NAZAR.

En la misma sesión, la Sala Xalapa Regional modificó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) que, entre otras cuestiones, determinó tener por no acreditados los actos de violencia política en razón de género efectuados contra mujeres militantes del Partido Revolucionario Institucional (PRI), por parte del expresidente del Comité Directivo Estatal del referido partido, Julián Nazar Morales.

El Pleno de la Sala concluyó que el TEECH faltó a su deber de analizar la controversia de manera exhaustiva y desde un enfoque con perspectiva de género, ya que existen elementos suficientes que acreditan que sí existió la violencia política en razón de género denunciada.

Lo anterior, debido a que el exdirigente del PRI llevó a cabo conductas sistemáticas que provocaron la obstaculización del cargo que ocupaban las actoras al interior del partido, lo que les generó una afectación desproporcionada por el hecho de ser mujeres en perjuicio del desempeño de sus funciones.

En consecuencia, se le dio vista al Organismo Público Local Electoral de Chiapas para que incorpore al infractor en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres.

El Pleno amonestó públicamente a la Comisión Nacional de Justicia partidista por la dilación injustificada para resolver los medios de impugnación presentados por las actoras desde el año 2019. 

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